Consulta Previa Reglamento de la Planta de Compostaje de Villanueva de la Cañada
La Mancomunidad del Sur acordó en la Asamblea ordinaria de 21 de mayo de 2015, someter a consulta pública previa la iniciativa normativa del Reglamento de explotación de la planta de compostaje de biorresiduos de la mancomunidad del sur en Villanueva de la Cañada, durante el plazo de 15 días hábiles, a través del portal web de la Mancomunidad, a los efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por el futuro Reglamento de explotación de Planta de compostaje de biorresiduos de la Mancomunidad del Sur en Villanueva de la Cañada, mediante la publicación del presente Anuncio Memoria en el que se recogen los extremos del artículo 133.1 de la Ley 39/2015, en los términos justificados en el informe del técnico del área:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El Reglamento de explotación de Planta tiene por objeto establecer el régimen jurídico, las obligaciones y facultades del Explotador y las condiciones en que se desarrolla la explotación de la PLANTA DE COMPOSTAJE DE BIORRESIDUOS DE LA MANCOMUNIDAD DEL SUR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA.
Por consiguiente, se pretenden definir de manera clara e inequívoca revolver los requisitos y necesidades de las labores de explotación, teniendo en cuenta que se trata de un servicio de carácter obligatorio para esta Mancomunidad, por constituir parte del objeto de la misma, declarado expresamente por la Mancomunidad del Sur como actividad propia de la misma.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
El artículo 284.2, Ámbito del contrato de concesión de servicios, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que “Antes de proceder a la contratación de una concesión de servicios, en los casos en que se trate de servicios públicos, deberá haberse establecido su régimen jurídico, que declare expresamente que la actividad de que se trata queda asumida por la Administración respectiva como propia de la misma, determine el alcance de las prestaciones en favor de los administrados, y regule los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.”
Por tanto, la aprobación del Reglamento de explotación de la planta de compostaje de biorresiduos de la Mancomunidad del Sur en el T.M de Villanueva de la Cañada, es paso previo obligado a la contratación de la concesión de servicios de explotación de la planta de compostaje de biorresiduos de la Mancomunidad del Sur en el T.M de Villanueva de la Cañada y en ese motivo se fundamenta la necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
El objeto del reglamento, como se ha explicado anteriormente, tiene por objeto establecer el régimen jurídico, las obligaciones y facultades del Explotador y las condiciones en que se desarrolla la explotación de la PLANTA DE COMPOSTAJE DE BIORRESIDUOS DE LA MANCOMUNIDAD DEL SUR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA. Adicionalmente, la norma se engloba dentro de las finalidades de la Mancomunidad del Sur, en la medida que el artículo 5 de sus Estatutos establece que “La Mancomunidad tendrá por objeto la prestación del servicio de gestión de residuos, y, en especial, el tratamiento, valorización energética y eliminación de los residuos sólidos urbanos generados en los términos municipales de los municipios que integran la Mancomunidad, en orden a la debida protección del medio ambiente, fomentando, en su caso, el reciclaje y el aprovechamiento de tales residuos mediante la adecuada recuperación de los recursos contenidos en ellos”.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se han previsto soluciones no regulatorias alternativas, puesto que se trata de una obligación derivada del artículo 284.2, Ámbito del contrato de concesión de servicios, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.